Cómo luchar contra la ciberocupación (con imágenes)

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Cómo luchar contra la ciberocupación (con imágenes)
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Anonim

La ciberocupación tiene lugar cuando una de las partes registra, vende o utiliza un nombre de dominio (es decir, una dirección de Internet) que contiene material de marca registrada con el fin de sacar provecho de la marca. En la mayoría de los casos, esto ocurre cuando las personas compran nombres de dominio de sitios web populares que contienen nombres de marcas comerciales (por ejemplo, Apple, Dell, Nike, etc.) con la esperanza de mantenerlos como rehenes hasta que el propietario de la marca pague para comprar el nombre de la persona. Por lo general, puede saber si es víctima de ciberocupación si, cuando visita el sitio web, ve que está "en construcción", si "no puede encontrar el servidor" o si el contenido del sitio web no tiene relación con el nombre de dominio (por ejemplo, si el sitio web Kleenex.com se ocupa de pelotas de baloncesto y no de tejidos). Si es víctima de la ciberocupación, existen dos vías principales para contraatacar.

Pasos

Parte 1 de 5: Presentar una queja bajo la Política uniforme de resolución de disputas de nombres de dominio (UDRP)

Lucha contra la ciberocupación, paso 1
Lucha contra la ciberocupación, paso 1

Paso 1. Redacte una queja

La Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números (ICANN) es responsable de coordinar los nombres de dominio. Cualquier trato realizado entre un registrador (es decir, la entidad que brinda servicios de registro de nombres de dominio al público) y el titular de un nombre de dominio incluye un acuerdo para seguir la UDRP. Según la Política Uniforme, siempre que haya una disputa entre usted (el titular de la marca registrada) y el titular del nombre de dominio, se deben seguir ciertos procedimientos. Lo primero que debe hacer es redactar una queja que cumpla con las Reglas de la UDRP. Según estas reglas, su queja debe contener la siguiente información:

  • El nombre y la información de contacto del encuestado (es decir, el titular del nombre de dominio)
  • El nombre de dominio en cuestión.
  • El registrador con el que está registrado el nombre de dominio.
  • La marca comercial en la que se basa la queja.
  • Una descripción de cómo cumple con los tres elementos de la UDRP para una reclamación válida de ciberocupación, que son (1) que el nombre de dominio registrado por el demandado es idéntico o confusamente similar a su marca comercial, (2) que el demandado no tiene derechos o intereses legítimos en el nombre de dominio, y (3) que el nombre de dominio ha sido registrado y se está utilizando de mala fe.
Lucha contra la ciberocupación, paso 2
Lucha contra la ciberocupación, paso 2

Paso 2. Envíe la queja a un proveedor aprobado

Para iniciar el proceso oficial de resolución de disputas, su queja debe presentarse ante un proveedor aprobado por ICANN. Puede encontrar la lista completa de proveedores aprobados de ICANN en su sitio web. Elija un proveedor y presente su queja.

Cuando presente la queja, se le pedirá que pague una tarifa de presentación fija. La tarifa de presentación variará según el proveedor que elija y la forma en que elija que se escuche la queja (es decir, por un panel de un solo miembro frente a un panel de tres miembros)

Lucha contra la ciberocupación, paso 3
Lucha contra la ciberocupación, paso 3

Paso 3. Espere una respuesta

Cuando el proveedor reciba su queja, enviará una solicitud de verificación al registrador. Esta solicitud requerirá que el registrador bloquee el nombre de dominio, lo que evita que el encuestado realice cambios en la información del nombre de dominio. El registrador confirmará el bloqueo con el proveedor, momento en el que el proveedor notificará al demandado de la queja.

El demandado tendrá 20 días para responder a la denuncia. La respuesta responderá a todas las alegaciones que hizo en su queja e incluirá todas las razones por las que el encuestado cree que debería conservar los derechos sobre el nombre de dominio

Lucha contra la ciberocupación, paso 4
Lucha contra la ciberocupación, paso 4

Paso 4. Designe un panel

Tanto usted como el demandado tendrán la oportunidad de expresar si desean que su disputa sea escuchada por un panel de un solo miembro o por un panel de tres miembros. Si ambas partes eligen un panel de un solo miembro, el proveedor nombrará a un solo panelista de su lista. Si usted o el encuestado optan por que un panel de tres miembros decida la disputa, cada uno tendrá la oportunidad de enviar los nombres de tres posibles candidatos. Luego, el proveedor elegirá el panel final, pero intentará incluir al menos un panelista de la lista de cada partido.

Lucha contra la ciberocupación, paso 5
Lucha contra la ciberocupación, paso 5

Paso 5. Presentar evidencia

Una vez que se ha elegido el panel, el proveedor enviará su queja y la respuesta del demandado al panel. Se pueden presentar otras pruebas al panel solo si el panel lo solicita. No habrá audiencias en persona a menos que el panel decida que es necesaria.

Lucha contra la ciberocupación, paso 6
Lucha contra la ciberocupación, paso 6

Paso 6. Espere la decisión

Una vez que el panel haya revisado todas las pruebas, redactará su decisión, por escrito, dentro de los 14 días posteriores a su designación. La decisión explicará las razones de la decisión del panel, cuándo se tomó y quién fue cada panelista. El panel enviará su decisión al proveedor. El proveedor le enviará la decisión completa a usted y al demandado dentro de los tres días posteriores a su recepción.

El proveedor también enviará la decisión al registrador correspondiente y a la ICANN. Después de recibir la decisión, el registrador de nombres de dominio deberá implementar la decisión

Parte 2 de 5: Preparación de una demanda bajo la Ley de Protección al Consumidor Anticiberocupación (ACPA)

Lucha contra la ciberocupación, paso 7
Lucha contra la ciberocupación, paso 7

Paso 1. Contrata a un abogado

ACPA es una ley federal que le permite a usted (el propietario de la marca registrada) demandar a un ciberocupador en un tribunal federal para obtener una orden que requiera que el ciberocupador le transfiera el nombre de dominio. En algunos casos, el ciberocupador puede incluso tener que pagar daños y perjuicios. Debido a que presentará una demanda en un tribunal federal, siempre debe contratar a un abogado calificado para que lo ayude en el proceso. Para contratar a un abogado, comuníquese con el servicio de referencia de abogados del colegio de abogados de su estado. Después de responder algunas preguntas sobre su disputa legal, se le pondrá en contacto con varios abogados calificados en su área.

  • Una vez que tenga los nombres de algunos candidatos calificados, llámelos y solicite una consulta inicial. Durante estas reuniones podrá hacer preguntas a los candidatos sobre su caso y sobre sus prácticas legales. Asegúrese de que el abogado tenga un buen conocimiento de su caso y se sienta cómodo con el tema (es decir, derecho de Internet, ciberocupación y derecho de propiedad intelectual). No olvide preguntar cómo cobra el abogado por sus servicios.
  • Después de realizar cada consulta inicial, contrate al abogado con el que se sienta más cómodo.
Lucha contra la ciberocupación, paso 8
Lucha contra la ciberocupación, paso 8

Paso 2. Analizar ACPA

Una vez que contrate a un abogado, siéntese con él o ella para discutir su demanda. Para llevar un caso exitoso bajo la ACPA, tendrá que probar en la corte que (1) el titular del nombre de dominio tuvo una intención de mala fe de lucrar con su marca comercial, (2) su marca comercial era distintiva cuando se registró el nombre de dominio, (3) el nombre de dominio es idéntico o confusamente similar a su marca comercial, y (4) su marca comercial califica para protección federal.

Si entabla una demanda con éxito bajo la ACPA, su remedio generalmente se limitará a la transferencia del nombre de dominio a usted

Lucha contra la ciberocupación Paso 9
Lucha contra la ciberocupación Paso 9

Paso 3. Determine a quién (o qué) demandará

Si cree que puede cumplir con todos los elementos establecidos en la ACPA, tendrá que averiguar a quién demandar. Idealmente, encontrará al titular del nombre de dominio y lo demandará cuando un tribunal pueda determinar que existe jurisdicción in personam (es decir, jurisdicción sobre la persona). Sin embargo, la ACPA ha contemplado el hecho de que es posible que no pueda encontrar al titular del nombre de dominio y hacer valer su jurisdicción personal. Si no puede localizar al titular del nombre de dominio, la ACPA le permite presentar una acción civil in rem (jurisdicción sobre la propiedad) contra el nombre de dominio.

Según la ACPA, puede entablar una acción civil in rem si el titular o registrador del nombre de dominio no está sujeto a la jurisdicción de un tribunal, o si no puede encontrar al titular o registrador del nombre de dominio

Parte 3 de 5: Presentar su demanda

Lucha contra la ciberocupación, paso 10
Lucha contra la ciberocupación, paso 10

Paso 1. Decida dónde presentar su demanda

Su demanda de la ACPA debe presentarse en un tribunal federal en un distrito que tenga jurisdicción sobre el acusado o la propiedad en cuestión. Si está haciendo valer la jurisdicción personalmente contra el titular del nombre de dominio o el registrador, puede presentar su caso en el distrito federal donde el acusado reside, mantiene conexiones o recibe la notificación. Si está haciendo valer la jurisdicción in rem, debe presentar su caso en el distrito donde se encuentra el titular del nombre de dominio o el registrador, o donde puede establecer control sobre el registro y uso del nombre de dominio.

Lucha contra la ciberocupación, paso 11
Lucha contra la ciberocupación, paso 11

Paso 2. Redacte su queja

La denuncia es un documento legal formal que inicia una demanda. Le dice a la corte, así como al acusado, por qué está demandando y cómo quiere que se resuelva el caso. Su queja deberá incluir al menos la siguiente información:

  • El título del caso, que identifica a las partes del caso y al tribunal en el que está demandando.
  • Si desea un juicio con jurado.
  • Una descripción de la jurisdicción (es decir, si el tribunal tiene jurisdicción personal o real y por qué).
  • La causa de la acción, que explicará que está demandando por ciberocupación bajo ACPA.
  • El remedio que desea, que en este caso será la pérdida del nombre de dominio por parte del titular del nombre de dominio y una transferencia de propiedad a usted.
Lucha contra la ciberocupación, paso 12
Lucha contra la ciberocupación, paso 12

Paso 3. Complete su citación

Una citación es un formulario que le dice al acusado que está siendo demandado y le exige una respuesta. Por lo general, este formulario ya está completado y todo lo que tiene que hacer es ingresar el nombre del acusado y la cantidad de días que el acusado tiene para responder. El límite de tiempo que se aplica a su caso se puede encontrar en las Reglas Federales de Procedimiento Civil, que puede descargar en línea desde el sitio web de su tribunal.

Si bien los diferentes tipos de casos tendrán diferentes tiempos de respuesta, generalmente son alrededor de 30 días

Lucha contra la ciberocupación, paso 13
Lucha contra la ciberocupación, paso 13

Paso 4. Presente su demanda

Lleve su queja y citación, así como varias copias de cada una, al tribunal federal y preséntelas al secretario de la corte. El secretario revisará sus documentos y, si son satisfactorios, le pedirá que pague la tarifa de presentación de $ 400. Si no puede pagar la tarifa de presentación, puede presentar una moción para proceder in forma pauperis, que solicita al tribunal que exima de la tarifa.

  • Si paga la tarifa, su demanda se sellará como "presentada" y se le dará una citación oficial.
  • Si solicitó una exención de tarifas, su demanda no se sellará como "presentada" hasta que se conceda su moción.
Lucha contra la ciberocupación, paso 14
Lucha contra la ciberocupación, paso 14

Paso 5. Entrega al acusado

Una vez que se haya presentado su demanda, tomará una copia de la denuncia, así como la citación oficial, y se las entregará al acusado. Entregar una copia de su demanda al demandado le da aviso de que está siendo demandado y le permite responder. Para notificar al acusado, contrate a alguien para que le entregue copias al acusado en persona o por correo.

Una vez que se complete el servicio, la persona que hace la entrega llenará un formulario de Devolución de servicio que usted presentará ante el tribunal

Lucha contra la ciberocupación, paso 15
Lucha contra la ciberocupación, paso 15

Paso 6. Espere la respuesta del acusado

Una vez que se notifique al imputado, éste deberá responder dentro del plazo establecido en la citación. El acusado generalmente responderá presentando una respuesta y notificándola. La respuesta responderá a cada una de sus alegaciones admitiéndolas o negándolas. Además, el acusado puede presentar denuncias cruzadas u otras mociones para tratar de que se desestime el caso.

  • Lea la respuesta con atención, ya que le dará una idea de cómo el acusado va a pelear el caso.
  • Si el acusado no responde a su demanda, el tribunal puede dictar un fallo en rebeldía a su favor, lo que significa que obtendrá la reparación que solicitó en su demanda.

Parte 4 de 5: Participar en acciones previas al juicio

Lucha contra la ciberocupación, paso 16
Lucha contra la ciberocupación, paso 16

Paso 1. Realice el descubrimiento

Discovery les da a usted y al acusado la oportunidad de intercambiar información con el fin de prepararse para el juicio. Querrá información sobre quiénes son los testigos, qué documentos relevantes existen y qué dirá el acusado. Para obtener la información que desea, podrá utilizar las siguientes herramientas:

  • Declaraciones, que son entrevistas en persona con testigos y partes. Las entrevistas se llevan a cabo bajo juramento y las respuestas se pueden utilizar en los tribunales.
  • Interrogatorios, que son preguntas escritas que se hacen a testigos y partes. Las preguntas se responden bajo juramento y se pueden utilizar en los tribunales.
  • Solicitudes de documentos, que son solicitudes formales en las que se solicita al acusado que entregue los documentos pertinentes.
  • Solicitudes de admisión, que le piden al acusado que admita o niegue la veracidad de ciertos hechos. Esto ayuda a minimizar los problemas que deben manejarse en el juicio.
Lucha contra la ciberocupación, paso 17
Lucha contra la ciberocupación, paso 17

Paso 2. Defiéndase contra una moción de juicio sumario

Tan pronto como concluya el descubrimiento, el acusado probablemente presentará una moción para un juicio sumario. Para tener éxito, el acusado deberá persuadir al tribunal de que no existen cuestiones genuinas de hecho material y que tienen derecho a un juicio como cuestión de derecho. En otras palabras, el acusado argumenta que incluso si el tribunal hiciera todas las suposiciones fácticas a su favor, usted aún perdería.

Puede defenderse de esta moción presentando sus propias pruebas y declaraciones juradas que convenzan al tribunal de que existen disputas de hecho y que deben tratarse durante el juicio

Lucha contra la ciberocupación Paso 18
Lucha contra la ciberocupación Paso 18

Paso 3. Intente asentarse

Si supera la fase de juicio sumario del litigio, es posible que desee considerar la posibilidad de llegar a un acuerdo en su caso. Ir a juicio puede ser costoso y llevar mucho tiempo, y muchas veces le cuesta más de lo que vale su caso. Por lo tanto, incluso si gana en la prueba, podría terminar perdiendo dinero. Para intentar llegar a un acuerdo, siéntese con el demandado y discuta lo que quiere de su caso ACPA (es decir, transferirle el nombre de dominio). Para promover un acuerdo, incluso puede decirle al demandado que pagará una pequeña tarifa por el nombre de dominio. Si no puede llegar a un acuerdo, puede intentar lo siguiente:

  • Mediación, que implica pedirle a un tercero neutral que se involucre y ayude en el proceso de conciliación. El mediador ayudará a encontrar puntos en común, pero nunca tomará partido ni expresará opiniones.
  • Arbitraje, que implica pedirle a un tercero parecido a un juez que escuche pruebas y redacte una opinión. El árbitro escuchará la evidencia presentada por ambas partes y luego redactará una opinión.
Lucha contra la ciberocupación, paso 19
Lucha contra la ciberocupación, paso 19

Paso 4. Asista a la audiencia final previa al juicio

Si no puede resolver su caso fuera de la corte, tendrá que asistir a una audiencia final previa al juicio para discutir los asuntos que deben ser escuchados en el juicio. El juez elaborará una hoja de ruta y un calendario del juicio en respuesta a esta reunión. Asegúrese de mencionar todos los problemas posibles durante esta reunión. Si olvida plantear un problema, es posible que no esté programado y no podrá plantearlo en el juicio.

Parte 5 de 5: Ir a juicio

Lucha contra la ciberocupación, paso 20
Lucha contra la ciberocupación, paso 20

Paso 1. Elija un jurado

Si invocó su derecho a un juicio con jurado en su queja, elegirá a su jurado durante un proceso llamado "voire dire". Durante voire dire, podrá hacer preguntas a los posibles miembros del jurado para evaluar su capacidad para escuchar y decidir su caso de manera imparcial. Si no cree que un posible miembro del jurado pueda ser imparcial, puede pedirle a la corte que elimine a ese miembro del jurado. Una vez que haya elegido a su jurado, se reunirán y comenzará su juicio.

Si renunció a su derecho a un juicio con jurado, el juez escuchará su caso

Lucha contra la ciberocupación Paso 21
Lucha contra la ciberocupación Paso 21

Paso 2. Haga una declaración de apertura

Cada juicio comienza con usted, el demandante, haciendo una declaración de apertura. Su declaración de apertura debe ser una breve sinopsis del caso y debe concluir con usted asegurando enérgicamente al tribunal que ganará. No presente ninguna evidencia y no confunda las cosas durante su declaración de apertura. Sea breve y directo.

El acusado tendrá la oportunidad de hacer una declaración de apertura después de usted. En algunas circunstancias, el acusado puede esperar hasta que presente su caso para hacer su declaración

Lucha contra la ciberocupación, paso 22
Lucha contra la ciberocupación, paso 22

Paso 3. Presenta tu caso

Como demandante, primero presentará su caso. Su caso consistirá en llamar a testigos al estrado e introducir testimonio y evidencia física a través de ellos. Las pruebas solo serán admitidas si cumplen con las Reglas Federales de Procedimiento Civil, que generalmente se pueden encontrar en el sitio web del tribunal.

Cuando haya terminado de hacer preguntas, el acusado tendrá la oportunidad de interrogar a sus testigos. Prepare a sus testigos para el contrainterrogatorio pensando en las posibles preguntas que podría hacer la defensa y entrene a sus testigos sobre esas preguntas

Lucha contra la ciberocupación Paso 23
Lucha contra la ciberocupación Paso 23

Paso 4. Contrainterrogar a los testigos

Cuando descanse y termine de presentar su caso, el acusado tendrá la oportunidad de presentar su caso. Después de que el acusado interrogue a cada testigo, tendrá la oportunidad de interrogarlos. Durante el contrainterrogatorio, tratará de desacreditar al testigo haciéndolo parecer parcial y / o falso.

Por ejemplo, si destituyó a un testigo que dijo que sabía que existía su marca registrada, pero ese mismo testigo dijo que no tenía idea de que existía la marca registrada durante el juicio, mencionará esto

Lucha contra la ciberocupación Paso 24
Lucha contra la ciberocupación Paso 24

Paso 5. Dé su argumento final

Cuando el acusado haya descansado, dará un argumento final para poner fin al juicio. Su argumento final debe ser una recapitulación del caso y todas las pruebas importantes que caen a su favor. Reitere que ha cumplido con las cargas de la ley y que debe ganar. Recuerde, esta es su última oportunidad de hablar con la corte, así que quiere hacerlo bien.

Cuando haya terminado de presentar su argumento final, el acusado tendrá la oportunidad de presentar uno también

Lucha contra la ciberocupación, paso 25
Lucha contra la ciberocupación, paso 25

Paso 6. Espere el veredicto

Una vez finalizado el juicio, el investigador (es decir, el juez o el jurado) se tomará un momento para deliberar y considerar la evidencia que escuchó. Cuando el investigador llegue a una conclusión, anunciará su veredicto en la corte. Si gana, se le transferirá el nombre de dominio. Si pierde, el nombre de dominio seguirá en posesión del demandado.

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